El procedimiento para que los interesados/as presenten sus solicitudes se abre desde el día 7 de noviembre al 19 del mismo mes. Las personas contratadas se dedicarán a la realización de obras y servicios en caminos rurales y reales, rehabilitación de espacios recreativos y naturales, mejoras del paisaje municipal, erradicación de especies invasoras, actuaciones de mejora de concienciación medioambiental, y limpieza y rehabilitación de zonas municipales. Las solicitudes han de presentarse en el Registro General de Entrada de documentos del Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida, situado en la Calle Nueva nº 13 de este término municipal en horario de lunes a viernes de 8:00 a 13:45 horas.
El objeto de este Plan de Empleo es dar respuesta a las dificultades económics y sociales por las que estén atravesando determinados colectivos de canarios/as que se ven privados/as de los medios imprescindibles para cubrir sus necesidades básicas, derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral por encontrarse en situación de exclusión social o riesgo de estarlo, al mismo tiempo que se les permita su reactivación laboral y mejora de la empleabilidad, realizando obras o servicios de interés general y social.
Por este Plan de Empleo se prevé la contratación de 11 personas en la categoría de peón, al 75 % de la jornada laboral y por cuatro meses, financiados por el Cabildo Insular de Gran Canaria, en obras y servicios de competencia municipal en los siguientes sectores: caminos rurales y reales, rehabilitación, mejora paisajística, erradicar especies invasoras, mejorar la conciencia medio ambiental y limpieza y rehabilitación.
Asimismo, este plan favorecerá a personas desempleadas que cumplan con los siguientes requisitos obligatorios: edad comprendida entre 18 y 65 años, entre los que se priorizará a quellas personas mayores de 45 y personas desempleadas de larga duración; Como mínimo, las personas participantes serán de un 40% por cada sexo. También se debe cumplir con el requisito de pertenecer a un hogar en el que ninguno de sus miembros perciba rentas por actividad laboral ni prestaciones de cualquier naturaleza. A efectos de este progra,a se entenderá que el hogar está constituido por la unidad familiar integrada por la persona beneficiaria, su cónyuge, pareja de hecho, sus hijos e hijas, por naturaleza o adopción, menores de 26 años o personas mayores discapacitadas, así como menores en acogimiento familiar. No se computará la percepción por un solo miembro de la unidad familiar de una prestación, contributiva o no, igual o inferior al 80% del valor mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en vigor.
Si alguno de los puestos no pudieran ser cubiertos por las personas candidatas que cumplan los criterios recogidos anteriormente, se permitirá a los ayuntamientos contratar a personas en situación de riesgo de exclusión social, respecto de las cuales se haya emitido informe social por parte de los Servicios Sociales Municipales, en el que quede acreditado que sus circunstancias personales y/o familiares justifican la incorporación a este Plan de Empleo, por carecer de recursos para su subsistencia básica.
También se requiere estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo al inicio de la acción, en el Servicio Canario de Empleo, durante un periodo mínimo de seis meses en los últimos 24 (pueden ser periodos interrumpidos). No haber sido contratadas por el ayuntamiento beneficiario, en los 24 meses anteriores, en cualquier programa de fomento de empleo. A estos efectos, se entenderá que el plazo de 24 meses será anterior a la fecha de contratación.
Las personas aspirantes han de estar empadronadas en el municipio o haber solicitado el empadronamiento con anterioridad a la fecha de apertura del plazo de la presente convocatoria. También deben poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes, así como estar inscrito/a el/la candidato/a en la ocupación propuesta en la oferta de empleo.
Por último, se aplicará el criterio de rotación y no repetición: no haber participado en el PEES 16-17 excepto que no existieran personas desempleadas en el municipio para cubrir las plazas ofertadas, de acuerdo con el criterio de rotación y no repetición, con objeto de que pueda participar el mayor número de personas. Asimismo, no deben haber participado en otros programas mediante el que se ha subvencionado la contratación de desempleados por parte del Cabildo Insular correspondiente en los últimos 12 meses.
Villa de Santa Brigida
ABIERTO EL PLAZO DE SOLICITUDES PARA CONTRATAR 11 OPERARIOS EN EL PLAN DE EMPLEO PARA UNIDADES FAMILIARES SIN RECURSOS
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